La dotación es el calzado y el vestido de labor que la empresa le entrega a sus empleados. La ley pide tres entregas al año a quien gana hasta dos salarios mínimos y lleva más de tres meses en la empresa (artículos 230 a 234 del Código Sustantivo del Trabajo).
En Nómina → Dotación llevas el control: Paxioli te dice a quién le corresponde cada entrega y tú registras cuándo se la diste.
Las tres fechas
- 30 de abril
- 31 de agosto
- 20 de diciembre
La pantalla trae una fila por empleado y una columna por cada entrega del año. En cada casilla ves si está entregada, pendiente o si no aplica (y por qué: gana más de dos salarios mínimos o todavía no cumple los tres meses).
Arriba ves cuántos empleados tienen derecho, cuántas entregas llevas registradas, cuántas están pendientes hoy y cuál es la próxima.
Registrar una entrega
- En la casilla del empleado haz clic en Registrar.
- Escribe la fecha en que se entregó y qué se entregó (por ejemplo, «2 camisas, 1 pantalón, 1 par de botas»).
- Opcional: el valor por empleado y una nota.
- Guarda.
Si hiciste la entrega a todos el mismo día, usa Registrar a todos: la deja registrada para todos los que la tienen pendiente en esa fecha.
Si le diste dotación a alguien que por ley no tiene derecho, marca Se la entregué aunque la ley no obliga.
Anular una entrega
Si la registraste por error, usa Anular y escribe el motivo. La entrega vuelve a quedar pendiente y el registro se conserva en Entregas anuladas.
Lo que debes saber
- La dotación no se puede pagar en dinero.
- Esta pantalla no mueve la contabilidad: lleva el control de las entregas. La compra de los zapatos y la ropa se registra en Gastos, como cualquier compra.
- Los aprendices en etapa lectiva y los practicantes no tienen derecho a dotación.
Si algo sale mal
- PAY-078 · La fecha de la entrega no puede ser futura y debe ser del año que estás viendo: cambia el año arriba o corrige la fecha.
- PAY-079 · Ya tiene registrada esa entrega, o nadie la tiene pendiente: revisa la casilla del empleado.
- PAY-080 · No tiene derecho a esa entrega por ley: si igual se la diste, marca la casilla «Se la entregué aunque la ley no obliga» y guarda de nuevo.
- PAY-081 · Esa entrega ya estaba anulada: no hay nada más que hacer.
